30/12/2016
CUMPLÍ CON TU PARTE. DECLARÁ AQUELLOS BIENES (EXCEPTO INMUEBLES) QUE SUPEREN LA SUMA DE $ 800.000 ANTES DEL 1/01/2017 Y PAGÁ SÓLO EL 10% DE SU VALOR.
El 31 de diciembre de 2016 es la fecha límite para exteriorizar bienes (excepto inmuebles) que superen los $800.000 pagando el 10% de su valor.
A fines de lograr un óptimo procesamiento de datos te recomendamos que realices, a la mayor brevedad posible, la transferencia bancaria internacional para abonar el impuesto especial con la alícuota del 10%. Dicha alícuota se respetará siempre que la transferencia bancaria internacional se ordene antes del 31/12/16. Recordá que al realizar la transferencia deberás consignar la CUIT y la relación de código impuesto/concepto/subconcepto en el campo libre de 140 posiciones que posee la transferencia bancaria internacional (campo 70).
Para el caso que existiera una diferencia a ingresar, la misma debe cancelarse con un VEP antes de la fecha citada, debiendo editar el importe a ingresar aunque aún no se haya recibido la notificación de la TBI desde la entidad bancaria.
Tené en cuenta que a partir del 1° de enero y hasta el 31 de marzo de 2017 la alícuota del Impuesto Especial será del 15%.